SCJN de México considera que la posesión simple de cannabis es un delito a discreción de Ministerios Públicos y Jueces


En una sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se abordó el tema de la posesión simple de cannabis y los Magistrados votaron a favor de que sean jueces y fiscales quienes definan si esta es para consumo personal o no, pero la votación no generó precedente legal.

Este miércoles (11 de mayo de 2022), los cinco Magistrados de la Primera Sala de la SCJN votaron tres a favor y dos en contra el proyecto del por el ministro Juan Luis González Alcántara (PDF), que sigue el Amparo 585/2020 presentado por México Unido contra la Delincuencia.

La aprobación del proyecto significa que la Suprema Corte valida que las personas en posesión de más de cinco gramos de cannabis sean detenidas por la Policía y sean llevadas ante un Ministerio Público o un Juez quien debería definir si la planta o el derivado en posesión es para consumo personal o para narcomenudeo.

Pero el proyecto no generó precedente obligatorio porque para eso se necesitaban cuatro de los cinco votos, de acuerdo con el Artículo 223 de la Ley de Amparo. Tampoco declaró inconstitucional la prohibición posesión simple, sino que el caso del amparo se definirá en lo particular.

De haberse aprobado por cuatro votos se habría generado un precedente de criminalización, porque en México son comunes los casos de corrupción, discriminación, extorsión y estigma que son comunes por parte de los Ministerios Públicos y Jueces en todo el país.

Los votos de los Ministros:

  • Norma Lucía Piña Hernández: en contra (con voto particular)

  • Juan Luis González Alcántara: a favor

  • Jorge Mario Pardo Rebolledo: en contra (con voto particular)

  • Alfredo Gutiérrez Ortiz: a favor

  • Ana Margarita Ríos Farjat: a favor

Contradictoriamente, el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara dice que el libre desarrollo la personalidad es un derecho fundamental, el mismo argumento con el que la propia SCJN indicó el año pasado que el Estado Mexicano no puede prohibir el uso personal del cannabis a través de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad.




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Esto responde la COFEPRIS para negar los permisos de autoconsumo de cannabis en México


Ocho meses después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) entregar permisos para el consumo y autocultivo de cannabis para uso adulto, la dependencia ha comenzado a dar respuestas a las solicitudes pero son negativas.

Industria420 tiene acceso a la respuesta de la COFEPRIS a un escrito libre para solicitar el permiso presentado el 21 de julio de 2021, días después de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Declaratorio General de Inconstitucionalidad que ordenó a la COFEPRIS entregar permisos para actividades relacionadas al autoconsumo de cannabis.

El 7 de de abril de 2022, la COFEPRIS dio respuesta negativa a la solicitud de permiso argumentando que no tiene facultades para evaluar la petición y agrega que es el Congreso de la Unión quien debe crear el marco regulatorio para los permisos de cannabis.

En el documento, firmado por la directora ejecutiva de Regulación de Estupefacientes Psicotrópicos y Sustancias Químicas, Martha Patricia Rodríguez Nava, se reconoce la instrucción de la SCJN pero indica textualmente:

“Derivado de lo anterior, se colige que esta Comisión Federal sólo se encuentra investida por una facultad de ejecución, es decir, se limita a acatar lo relativo a control, vigilancia y fomento sanitarios en materia de los productos señalados párrafos arriba, y que en el caso concreto se refiere a estupefacientes y sustancias psicotrópicas, pero no se pronuncia respecto a la creación del marco que las regula, toda vez que la Autoridad Ordenadora es el Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71 Constitucional, es el poder facultado para crear y promulgar leyes.”

“En virtud de la expuesto, esta autoridad se encuentra imposibilitada para evaluar su petición para obtener una autorización para realizar actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos del estupefaciente cannabis y del psicotrópio THC, en conjunto conocido como marihuana”.

Lo anterior significa que, bajo el argumento de que la SCJN no indicó a la COFEPRIS crear el marco regulatorio, dicha dependencia de la Secretaría de Salud no puede entregar los permisos, como se lo ordenó la máxima corte del país.

Días atrás, una persona que recibió esta respuesta negativa acudió ante un juez federal en Materia Administrativa, que dio un plazo de tres días a la COFEPRIS para entregar el permiso, pero esta impugnó dicha instrucción ante el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, cuyos magistrados deberán analizar el recurso de revisión.




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COFEPRIS impugna orden de juez para entregar permiso de uso personal de cannabis


En México, la Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) impugnó la orden del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México que le indicó entregar un permiso de uso personal de cannabis.

Por lo anterior, en las próximas semanas un tribunal colegiado definirá que pasa cuando la COFEPRIS no cumple con la orden que le dio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con la Declaratoria General de Inconstitucionalidad publicada en el Diario Oficial de la Federación en julio de 2021.

La SCJN ordenó a la COFEPRIS, dependencia de la Secretaría de Salud, entregar autorizaciones a personas adultas en materia de adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis con fines de autoconsumo.

Azteca Noticias reportó que días atrás un juez federal concluyó que la COFEPRIS no cumplió con el mandato de la SCJN de otorgar permisos para el consumo y el autocultivo, por lo que le dio un plazo de tres días para hacerlo, pero la COFEPRIS impugnó dicha orden.

En las próximas semanas los magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México abordará el recurso de revisión impuesto por la COFEPRIS, que negó el permiso con el argumento de que carece de facultades.

Fuente: Azteca noticias




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SCJN autoriza la producción de cáñamo en México a Xebra Brands


La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó en favor de Desart MX, subsidiaria de Xebra Brands, para que pueda producir y comercializar legalmente productos de cáñamo en México.

Con esto Xebra Brands y Desart MX obtienen un amparo que les permitirá importar semillas, cultivar y producir cannabis con menos 1% de THC, es decir cáñamo, así como la manufactura y venta de sus derivados, independientemente de que se regule o no en el Congreso.



La decisión de la Suprema Corte es resultado de un litigio estratégico por parte de Desart MX que comenzó en 2019 en contra de dos artículos de la Ley General de Salud que limitaban la siembra y cultivo de cannabis a fines médicos y científicos.

La resolución de la SCJN sólo aplica para Desart MX y Xebra Brands, que todavía tienen que esperar que un tribunal colegiado de circuito resuelva otros puntos de la negativa de COFEPRIS que llevó a la compañía a ampararse, pero sienta un precedente jurídico en el país que podría beneficiar al sector.

Xebra Brands señaló previamente que tiene planes para producir y comercializar productos con CBD (cannabidiol) y CBD (cannabigerol) en México bajo las marcas registradas MADCAP, HIGHJACK, VICIOUS CITRUS, HIGHCASTLE WATERS, CONQUER, entre otras.

 Imagen de la sesión de la Primera Sala de la SCJN de este 1 de diciembre.

Imagen de la sesión de la Primera Sala de la SCJN de este 1 de diciembre.

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La Suprema Corte de México decidirá si Xebra Brands puede importar semillas, producir y comercializar CBD y CBG

 Imagen: SCJN.

Imagen: SCJN.


El próximo 1 de diciembre la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deliberará y votará si autoriza que la compañía Xebra Brands, a través de su subsidiaria Desart MX, podrá importar semillas de cáñamo a México y comercializar productos de cannabidiol (CBD) y cannabigerol (CBG).

La SCJN publicó en la lista para sesión la revisión del amparo 355/2020 impuesto por Desart MX en torno a varios artículos de la Ley General de Salud. Si los ministros votan a favor de la compañía, esta podría quedar autorizada para operar en la importación o producción independientemente de que el cannabis y el cáñamo se legalicen en el Congreso.



La deliberación de la Suprema Corte es resultado de un litigio estratégico iniciado por Desart MX en 2019 para retar la inconstitucionalidad de la prohibición. A principios de 2020 Xebra Brands adquirió Desart.

A través de un comunicado, Xebra Brands informó que cree “México tiene el potencial de convertirse en uno de los mercados de consumo de cannabis de países a corto plazo más grandes del mundo tras la legalización del cannabis. México también se encuentra dentro de la zona de libre comercio de América del Norte (T-MEC), lo que le otorga considerables ventajas en costos de cultivo y fabricación de productos sobre Canadá y Estados Unidos. Xebra opina que hay suficientes precedentes con muchos cultivos agrícolas y productos manufacturados, para sugerir que existe la posibilidad de que, en última instancia, la mayor parte de la actividad de producción de cannabis a escala industrial de América del Norte se produzca en México”.

 Imagen:  Lista para sesión SCJN .

Imagen: Lista para sesión SCJN .

La decisión de la SCJN impactará exclusivamente a Desart MX y Xebra Brands y de ser positiva otorgaría ventajas competitivas a la compañía canadiense con la importación de semillas de cannabis a México y el cultivo y producción de cannabis con menos de 1% de THC (cáñamo), así como la manufactura y venta de CBD y CBG y sus productos asociados.

Xebra Brands publicó en redes sociales una entrevista con Robert Giustra, chairman de la compañía, quien habló sobre lo que esperan de su operación en el mercado mexicano.

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Se publicó en el DOF la declaratoria de inconstitucionalidad en materia de cannabis, ¿qué sigue?

Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que elimina de la Ley General de Salud la prohibición en materia de cannabis.

Como parte de los efectos de la declaratoria, la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), deberá autorizar las actividades relacionadas con el autoconsumo del cannabis y THC con fines recreativos respetando el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los mexicanos.

La declaratoria señala que mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la COFEPRIS deberá emitir dichas autorizaciones a personas adultas en materia de adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis con fines de autoconsumo.

Además, la COFEPRIS deberá establecer los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla.

Lo anterior no incluye autorización ni permisos para la comercialización, importación o venta de cannabis y sus derivados, por lo que estas actividades continuarán prohibidas.

En lo que se refiere al consumo de cannabis, los permisos indicarán que no deberá realizarse afectando a terceros, frente a menores de edad, ni el lugares públicos donde haya personas que no hubieran brindado su autorización.

En la declaratoria no se establecieron plazos para que la COFEPRIS dé a conocer los lineamientos para la otorgación de permisos.

La SCJN también hizo un exhorto al Congreso para que legisle respecto del derecho de autoconsumo recreativo de cannabis y THC para generar seguridad jurídica a los usuarios y a terceros, tratando un tema como un problema de salud pública.

Más información:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5623991&fecha=15/07/2021

La SCJN votó a favor de la declaratoria de inconstitucionalidad de la prohibición del uso adulto del cannabis

Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó con mayoría calificada por la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley General de Salud que prohíben el uso adulto del cannabis.

Con esto, queda definitivamente resuelto que el estado mexicano no puede prohibir totalmente el uso adulto del cannabis por parte de los ciudadanos al ser un tema relacionado con el libre desarrollo de la personalidad.

La declaratoria no eliminó la necesidad de permisos para el cultivo con fines de autoconsumo de cannabis.

De acuerdo con la exposición de la ministra Norma Lucía Piña, como efecto de la declaratoria, la Cofepris tendrá que autorizar las actividades para el cultivo de cannabis para autoconsumo de uso adulto, aunque no se determinaron plazos.

La declaratoria de inconstitucionalidad, que entrará en vigor cuando la Corte haga la notificación al Congreso y a la Secretaría de Salud, eliminará el contenido de artículos de la Ley General de Salud y abre posibilidades para ejercer el cultivo para autoconsumo pero se mantiene ilegal la producción con fines comerciales.

Mientras el Congreso no legisle en materia de uso adulto del cannabis, la Secretaría de Salud a través de la Cofepris será quien otorgue los permisos de adquisición, siembra, cultivo y posesión. Además, establecerá lineamientos para adquisición de semillas pero la importación y exportación de semillas o plantas no estará permitida.

La Suprema Corte también indicó que enviará un exhorto al Poder Legislativo para que regule en materia de uso adulto del cannabis.

La declaratoria fue aprobada por los ministros Norma Lucía Piña, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar, Javier Laynez, Luis María Aguilar, Juan González Alcántara y Margarita Ríos Farjart, mientras que Jorge Pardo, Alberto Pérez Dayán y Yazmín Esquivel votaron en contra.

Al no existir un marco regulatorio en torno al cannabis de uso adulto (para el uso medicinal ya existe reglamentación en México), el sector podría ser víctima del vacío legal, por lo que resulta más relevante el trabajo de los legisladores en la materia.

En la actualidad, el proyecto de regulación se encuentra estancado en el Senado de la República y podría reactivarse durante el proxímo periodo ordinario de sesiones que arranca en septiembre.

Lo más importante ahora es la certeza legal: Consejo Mexicano del Cannabis y Cáñamo

En entrevista con Industria420, Israel Madrid, director general del Consejo Mexicano del Cannabis y Cáñamo (CMCC), comentó que “en nuestra perspectiva, la declaratoria de inconstitucionalidad nos deja en el peor de los escenarios, deja ciertas cosas permitidas pero no sabemos qué. Ahora la Ley General de Salud permite el consumo, pero no tenemos quién produzca, ni quien venda, porque no hay reglamentación. Y esto en lugar de atraer capitales, puede generar un mercado negro mayor. La industria se basa en la legalidad y la única manera de atraer inversiones es con una ley clara“.

El directivo pidió a las compañías que tienen interés en el sector a acercarse al CMCC porque “estamos desarrollando cosas para las que sí hay certeza legal, porque eso es lo más importante en este momento.”

Sobre la legislación pendiente en el Congreso, Israel Madrid compartió que espera que en la creación del marco regulatorio se retome el tema de la creación de un órgano regulador y que se establezca una política preferencial de licencias para las comunidades que se han visto afectadas, así como incluir en la ley el asunto de los comestibles hechos con cannabinoides.

La SCJN votará el lunes la declaratoria de inconstitucionalidad en materia de cannabis

  Imagen: SCJN

Imagen: SCJN

*Actualización: la discusión ocurrirá de acuerdo con la lista de temas del pleno y esto podría ser entre el 15 y el 28 de junio.

Este lunes se presentará y se votará en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la declaratoria de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley General de Salud en torno al uso adulto del cannabis en México.

Esto ocurre luego de que el Congreso no cumplió con el ordenamiento de legislar en materia de uso adulto del cannabis tras solicitar varias prórrogas.

Lo que discute la SCJN es en relación a que la prohibición del cultivo y uso del cannabis es violación al libre desarrollo de la personalidad de los ciudadanos mexicanos y los artículos en cuestión son el 235, último párrafo, 245, fracción I, 247, último párrafo y 248 de la Ley General de Salud.

Si ocho de los once ministros votan a favor de la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos, se dará fin a la prohibición por parte del estado mexicano en torno al uso adulto del cannabis.

Lo anterior no significa que la declaratoria permitiría la producción y venta de cannabis, sino que habría que esperar a que el Congreso establezca una regulación, pero sí que los ciudadanos podrán cultivar para consumo personal.

El tema se encuentra en el lugar número 12 de la lista de temas a discutir en el pleno de la SCJN. De no ocurrir el lunes por falta de tiempo, la votación se realizaría durante los días siguientes. La Suprema Corte tiene sesiones de pleno los lunes, martes y jueves.

 De acuerdo con la lista de asuntos de los que dará cuenta en la sesión pública de la SCJN del lunes 14 de junio, la ponencia sobre la acción de inconstitucionalidad estará a cargo de la  ministra Norma Lucía Piña Hernández.  (Imagen: SCJN)

De acuerdo con la lista de asuntos de los que dará cuenta en la sesión pública de la SCJN del lunes 14 de junio, la ponencia sobre la acción de inconstitucionalidad estará a cargo de la ministra Norma Lucía Piña Hernández. (Imagen: SCJN)

La sesión del pleno de la SCJN iniciará el lunes a las 11:00 AM (Centro de México) y podrá verse a través del sitio de la Suprema Corte https://www.scjn.gob.mx/transmision-en-vivo

Más información:
https://www.scjn.gob.mx/pleno/secretaria-general-de-acuerdos/listas-para-sesion

El Senado se niega a legislar y solicitará otra prórroga a la SCJN para regular el cannabis

  Imagen: Senado de la República.

Imagen: Senado de la República.

El Senado de la República podría pedir una prórroga más a la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) para legislar en materia de regulación del cannabis de uso adulto en México, con lo que se retrasaría hasta el próximo periodo de sesiones su obligación legislativa.

Este jueves, el senador Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política, confirmó que el Senado no ha solicitado una nueva prórroga para evitar aprobar la Ley Federal de la Regulación del Cannabis antes del 30 de abril pero agregó que es algo que sí podría ocurrir en los próximos días.

Durante 2019, la SCJN ordenó al Congreso legislar en materia de cannabis pero el Poder Legislativo ha retrasado el cumplimiento de la orden a través de varias prórrogas para no caer en desacato al mandato judicial, siendo la más reciente la culmina el próximo 30 de abril.

En conferencia de prensa, Monreal señaló que el proceso legislativo continúa en el Senado y habló de lo que pasaría si la SCJN no otorga una prórroga.

Si no cumple con el plazo, la SCJN tiene como alternativa la declaratoria general de inconstitucionalidad, es decir declarar no aplicable la legislación vigente, pero para que eso ocurra tendría que ser aprobado por ocho de los once ministros.

Monreal aseguró que la Corte no tiene capacidad jurídica para sancionar al Poder Legislativo si no cumple con el mandato judicial, como se ha señalado en algunos medios.

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Prefiero, como coordinador de la mayoría, que nos demos una pausa, un tiempo y que pudiéramos estar legislando sobre la materia en el próximo periodo de sesiones, el 1 de septiembre.
— Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado.

Por su parte, Eduardo Ramírez, presidente de la Mesa Directiva del Senado, confirmó en conferencia de prensa que si no se llega a un consenso en los próximos días se solicitará la prórroga a la SCJN.

En noviembre pasado, el Senado aprobó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y la envío a la Cámara de Diputados, la cual realizó modificaciones sustanciales, por lo que regresó a los senadores, donde se analiza actualmente y podría estancarse durante meses.