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¿Qué son las Asociaciones de consumo de marihuana y cómo funcionarán en México?

*NOTA del editor: En enero de 2024 la regulación sobre el cannabis permanece estancada en el Congreso mexicano, por lo que esta propuesta no ha sido aprobada.

La Ley Federal para la Regulación del Cannabis (LFRC) en México, que se aprobó en el Senado y que se discute en la Cámara de Diputados, permitirá la creación de asociaciones civiles autorizadas para la producción y autoconsumo de cannabis psicoactivo. ¿Qué son y cómo operarán?

La LFRC* señala que "las personas mayores de dieciocho años podrán constituir asociaciones de cannabis, sin fines de lucro, para cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo para consumo de los asociados con fines lúdicos.".

Las asociaciones de consumo de cannabis deberán formarse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas asociadas y todas deberán ser mayores de 18 años.

En lo que se refiere al nombre de las asociaciones, estos podrán incluir palabras o frases relacionadas con el cannabis pero no se permitirá hacer referencias que promocionen el consumo de marihuana. Cada denominación comenzará con “Asociación Cannábica”.

Las asociaciones tendrán permitido sembrar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y consumir cannabis psicoactivo. Cada asociación podrá sembrar hasta cuatro plantas de marihuana por socio, pero el máximo de plantas de cannabis psicoactivo por asociación será de 50 plantas.

Todas las asociaciones deberán registrarse como asociación civil en notaría pública y las personas que la integren solo podrán pertenecer a una asociación. Los socios no deberán tener antecedentes penales por delitos graves contra la salud o por delincuencia organizada.

¿Quién otorgará los permisos?

Los permisos para operar una asociación de consumo de cannabis psicoactivo serán otorgados por la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC) a partir de 2022..

La LFRC indica que las asociaciones no podrán proporcionar cannabis psicoactivo o derivados a personas que no sean asociadas. Tampoco podrán hacer promoción, publicidad o patrocionios de sus productos o establecimientos.

Cada asociación contará con un domicilio social para el consumo de sus socios con limitaciones en su ubicación similares a las de bares y cantinas, como el estar a más de 500 metros de centros escolares. Además, no se podrán vender ni consumir bebidas alcohólicas en el domicilio de la asociación ni se permitirá la entrada de menores de edad.

Las asociaciones que infrinjan las leyes y reglamentos serán sancionadas con multas y en caso de reincidencia con la revocación del permiso.

La legislación mexicana en materia de asociaciones de consumo de cannabis tiene similitudes con el modelo que existe en Uruguay, donde de acuerdo con el Instituto de Regulación y Control del Cannabis de ese país, hay 165 "clubes de membresía" con 5,315 miembros registrados.

En la nación sudamericana, que legalizó el cannabis psicoactivo en 2013, los clubes pueden tener entre 15 y 45 socios y cultivar un máximo de 99 plantas de marihuana hembras.

La regulación en torno a las asociaciones de consumo de cannabis se encuentra en discusión en la Cámara de Diputados y regresará al Senado antes de enviarse al Poder Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, por lo que aún puede sufrir modificaciones sustanciales.

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