Diputados aprobaron la regulación del uso lúdico de la marihuana en México, ¿qué sigue?

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones el decreto de Ley Federal para la Regulación del Cannabis (LFRC) y modificaciones a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, que abre la puerta a la despenalización y legalización de la producción y comercialización del cannabis psicoactivo en México para uso lúdico y uso industrial, pero aún no culmina el proceso legislativo.

En lo particular, el documento que se envío al Senado se aprobó con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones.

Una vez terminada la discusión de reservas en lo particular, la LFRC regresará al Senado por haber sido modificada sustancialmente en comparación con lo aprobado por los senadores en noviembre pasado.

De aprobarse una vez más en el Senado, la Ley se enviará al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y posterior entrada en vigor.

De acuerdo con lo aprobado por la Cámara de Diputados, el consumo de cannabis psicoactivo se convertirá en un derecho de los mexicanos mayores de 18 años.

La LFRC establece que las personas mayores de edad podrán poseer hasta 28 gramos de cannabis psicoactivo, pero también se aprobaron penas que castigan con multas y cárcel a quienes posean más de dicha cantidad o sean parte de la cadena productiva sin las licencias correspondientes.

El órgano gubernamental encargado de otorgar las licencias y permisos será la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC) a partir de 2022.

La LFRC contempla la existencia de seis tipos de licencias para la cadena productiva del cannabis de uso lúdico y uso industrial: licencia integral, licencia para cultivo, licencia para distribución, licencia para venta al usuario final, licencia para transformación y licencia para producción de cáñamo con fines industriales.

La Ley indica que las personas que quieran cultivar plantas de cannabis psicoactivo en sus hogares para autoconsumo, con un máximo de seis plantas por vivienda, deberán solicitar un permiso anual ante la CONADIC.

También se contempla la creación de Asociaciones Cannábicas, que serán asociaciones civiles que podrán formarse hasta por 20 personas con fines de producción de cannabis para autoconsumo, con un límite de 50 plantas por asociación. Las asociaciones deberán obtener un permiso anual ante la CONADIC.

La nueva legislación sí incluye penalizaciones y castigos a la posesión. Entre los 28 y 200 gramos y entre los 200 gramos y 5.6 kilogramos se establecen multas monetarias al considerarse faltas administrativas y a partir de 5.6 kilogramos de posesión habrá penas de cárcel al considerarse delito penal federal.

El Senado deberá discutir las reformas y la Ley Federal para la Regulación del Cannabis durante las próximas semanas.

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