¿Cuándo será legal comercializar marihuana en México?

ACTUALIZACIÓN 6/marzo/2021: Las comisiones de la Cámara de Diputados realizaron modificaciones sustanciales a la propuesta de Ley Federal para la Regulación del Cannabis que aprobaron los senadores. Te recomendamos revisar la información más reciente sobre la legalización en este enlace y en las noticias diarias de Industria420.


El pasado noviembre el Senado Mexicano aprobó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis (LFRC) y esta será discutida por la Cámara de Diputados durante el próximo periodo de sesiones, entre febrero y abril. Si la Ley se aprueba, ¿cuándo se podrá comercializar cannabis psicoactivo en el país con permisos y licencias?

De aprobarse la LFRC en el Congreso esta pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación y a partir de ese momento comienzan los plazos establecidos por la propia Ley para su puesta en práctica.

Si el Congreso no realiza modificaciones a los plazos establecidos en la Ley aprobada por el Senado, los tiempos que las autoridades tendrán para hacer adecuaciones a los reglamentos, creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis (IMRCC)* y el otorgamiento de licencias y permisos para la transformación y comercialización de marihuana en México serán los siguientes:

Una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 180 días naturales para expedir las adecuaciones correspondientes a las disposiciones normativas y reglamentarias, incluyendo las Normas Oficiales mexicanas.

La Secretaría de Salud tendrá un plazo no mayor de seis meses para hacer las adecuaciones reglamentarias correspondientes para armonizarlas con la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.

Además, dentro de un plazo no mayor a seis meses desde la entrada en vigor de la Ley se deberá crear el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que a su vez tendrá 90 días naturales para expedir su estatuto orgánico.

Las licencias y permisos que señala la Ley Federal para la Regulación del Cannabis comenzarán a expedirse a los 90 días a partir de que entre en funciones el IMRCC empezando por licencias de investigación.

A partir de los seis meses desde la publicación de la Ley comenzarán a expedirse licencias de transformación y comercialización de cannabis no psicoactivo.

Las licencias de transformación y comercialización de cannabis psicoactivo, así como los permisos para consumo de cannabis psicoactivo para uso adulto por parte de Asociaciones se expedirán 18 meses después de la entrada en vigor de la Ley.

Lo anterior significa que será 18 meses después de publicada la LFRC en el Diario Oficial de la Federación cuando se comenzarán a otorgar permisos para la comercialización de marihuana en México, es decir, si esto ocurre en marzo de 2021, los permisos y licencias se expedirían a partir de septiembre de 2022**.

*ACTUALIZACIÓN 6/marzo/2021: La creación de Instituto ya no está contemplada, en su lugar será la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC) el órgano que se encargará de otorgar licencias y permisos.

**ACTUALIZACIÓN 6/marzo/2021: Con las modificaciones a la LFRC en la Cámara de Diputados, las primeras licencias y permisos se otorgarán durante los primeros meses de 2022.

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